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SUNAT: PLAMEWEB PARA EL REPORTE DE LA PLANILLA MENSUAL DE PAGOS

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9.10.2023

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Nuevo formulario está dirigido a empleadores hasta 10 trabajadores y/o 10 prestadores de servicios.

La Sunat publicó el Formulario Virtual Nº 0601 – PLAMEWeb, como medio alternativo, para la presentación de la planilla mensual de pagos y las declaraciones mensuales de los empleadores con hasta 10 trabajadores y/o 10 prestadores de servicios que obtengan rentas de cuarta categoría.
Mediante la Resolución de Superintencia Nº 000201-2023/Sunat se detalla que este nuevo formato estará disponible a partir del 30 de noviembre próximo en el servicio Mis declaraciones y pagos disponibles en Sunat Operaciones en Línea. Además, se utilizará para las obligaciones que se generen a partir del período noviembre de 2023.

El objetivo es poner a disposición de los empleadores un formulario virtual más sencillo para el cumplimiento de las obligaciones, señala la norma.

El PLAMEWeb será de uso opcional y únicamente podrá ser utilizado si, respecto del período que se declara, el empleador pertenece al sector privado, según lo informado en el T- Registro, y tiene hasta 10 trabajadores y/o tiene que informar en la PLAME hasta 10 prestadores de servicios.

También si debe presentar la PLAME; y entregar la declarar y efectuar el pago que corresponda, solo por contribuciones a Essalud respecto de los haberes de los trabajadores, contribuciones a la ONP, retenciones del IR de cuarta o quinta categoría, prima por +Vida Seguro de Accidentes e información de los sujetos perceptores de rentas de cuarta categoría aun cuando el empleador esté obligado de retener estas rentas, entre otros.

Justificación
La decisión fue asumida por la administración tributaria al verificar que los sujetos obligados a presentar el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601, en un número considerable tienen hasta diez (10) trabajadores por informar en dicho formato, y únicamente presentan la declaración por concepto de las contribuciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), las retenciones de cuarta y quinta categoría del impuesto a la renta y la prima por concepto de “+Vida Seguro de Accidentes”.

De que, para facilitarles el cumplimiento de dichas obligaciones estimó conveniente poner a su disposición un formulario virtual que solo muestre la información de las obligaciones que declaran y que, con el mismo límite, incluya las obligaciones relacionadas a los prestadores de servicios debido a que estos se deben informar en la PLAME.

Fuente: El Peruano

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