El Poder Ejecutivo ha publicado la Ley N° 32102, que modifica la Ley del Teletrabajo, enfocada en los derechos y deberes de los teletrabajadores.
Estas modificaciones buscan adaptar la normativa a las necesidades actuales del teletrabajo, proporcionando mayor claridad y protecciones tanto para los trabajadores como para los empleadores.
A continuación, se detallan los puntos más relevantes de esta reforma:
PRINCIPALES MODIFICACIONES
Derechos del Teletrabajador (Artículo 6)
No descuentos por interrupciones de servicios
El tiempo no laborado debido a cortes en el suministro de luz o falta de servicio de internet, debidamente acreditados, no puede ser descontado del salario del teletrabajador ni recuperado posteriormente.
Lugar de Teletrabajo (Artículo 11)
Notificación de cambio de lugar
El teletrabajador debe informar al empleador con 5 días hábiles de anticipación cualquier cambio en el lugar habitual de teletrabajo, salvo causa justificada. Además, el teletrabajador debe garantizar condiciones óptimas de informática y comunicación, y el empleador debe evaluar y mitigar riesgos laborales en el nuevo lugar de teletrabajo.
Contenido del Contrato (Artículo 12)
Documentación confidencial
Establecer en el contrato las condiciones para el retiro de documentación confidencial de la entidad empleadora, especificando las responsabilidades del teletrabajador.
Jornada Laboral (Artículo 21)
Registro y permanencia
La jornada laboral del teletrabajador es igual a la de los trabajadores presenciales. El teletrabajador no puede abandonar su lugar de teletrabajo ni realizar actividades particulares durante la jornada, a menos que justifique adecuadamente dichas acciones. La falta de justificación puede constituir una falta disciplinaria grave y resultar en la reversión automática a la modalidad presencial.
Seguridad y Salud en el Teletrabajo (Artículo 23)
Capacitación y pausas activas
El empleador tiene la obligación de comunicar y capacitar al teletrabajador sobre las medidas de seguridad y salud que deben cumplir en su lugar de trabajo, incluyendo la obligatoriedad de realizar pausas activas durante la jornada laboral.
RECOMENDACIÓN
Los empleadores y los teletrabajadores deben de familiarizarse con estas modificaciones para asegurar el estricto cumplimiento de la normativa vigente y evitar potenciales sanciones. Se recomienda a los empleadores realizar una revisión exhaustiva de sus contratos de teletrabajo, procediendo a su actualización mediante la suscripción de adendas que incorporen las nuevas disposiciones legales.
Fuente: Consulting Perú
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