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DEVOLUCIÓN DEL IGV A TURISTAS

Actualidad Tributaría

24.05.2023

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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) realizó una transmisión en vivo mediante la red social Instagram para facilitar el registro de establecimientos autorizados para la devolución del IGV a turistas extranjeros.

Los turistas extranjeros que ingresan al país podrán solicitar la devolución del IGV (16%) por la venta de bienes adquiridos que sean llevados de retorno a su país por vía aérea o marítima, disposición que se encuentra regulada por el artículo 76° del TUO de la Ley del IGV e ISC y su Reglamento, modificado por el DS 226-2022-EF y modificatorias.

El esquema consiste en que el turista extranjero que ingresa al país adquiere los bienes que darán derecho a la devolución del IGV en los Establecimientos Autorizados (EA), recibiendo por su compra una factura electrónica y la Constancia Tax Free. A su salida del país por el aeropuerto Internacional Jorge Chávez, el turista solicita la devolución del IGV a la Entidad Colaboradora (EC) de la SUNAT, luego de realizarse la verificación por parte del personal de la SUNAT a la salida de dichos bienes en el Puesto de Control habilitado. Posteriormente, dentro de cinco ( 5 ) días hábiles de presentada la solicitud, la SUNAT: Evalúa el cumplimiento de los requisitos, luego emite y notifica la resolución y el importe de la devolución en su tarjeta de débito o crédito consignada en su solicitud de devolución, la EC puede cobrar al turista por la prestación de este servicio. Finalmente, solicitando a la SUNAT el reembolso de los importes devueltos.

En tal sentido, los contribuyentes interesados para ser considerados EA tienen que estar inscritos en el Registro de Establecimientos Autorizados (REA) a cargo de la SUNAT a través de su clave SOL, para ello previamente deben estar afiliado a la EC, así podrán vender los bienes que darán derecho a la devolución del IGV a turistas; por lo que, los turistas preferirán realizar sus compras en los EA acreditados.

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