De ser una persona natural o jurídica propietaria o próxima a emprender un negocio, es necesario que se encuentre registrado en cualquiera de las categorías de los regímenes tributarios que ofrece la Sunat.
Los regímenes tributarios definen la forma en que se pagarán los impuestos y cuáles serán los niveles de pago de los mismos. En función del tipo y el tamaño de la empresa, se puede optar por uno u otro régimen.
En el Perú existen cuatro regímenes tributarios:
A continuación, te presentamos cada uno de ello a fin de que puedas evaluar cual de todos es el que más te conviene.
Nuevo Régimen Único Simplificado (NRUS)
Las personas naturales con un pequeño negocio, por ejemplo, una bodega, un puesto de mercado, tienda de zapatos, comercio minorista, un restaurante, una peluquería u otros, que solo emiten boletas de venta, están en condiciones de solicitar el NRUS.
Como beneficio de dicho régimen no existe la obligatoriedad de realizar la declaración jurada anual de renta y asimismo, para calcular tu pago único mensual debes considerar tus ingresos o compras del mes y colocarte en una de estas categorías:
Ejemplo: si inscribiste tu juguería al NRUS y al mes tuviste ingresos por s/ 3,000 solo debes cancelar la cuota de s/ 20.00 y de esta manera de exoneras de otros tributos, tales como el IGV.
Régimen Especial de Impuesto a la Renta (RER)
En este régimen tributario se incluyen las personas naturales con negocios y las personas jurídicas que obtengan ingresos provenientes de actividades comerciales o industriales, así como las actividades de servicios.
Características:
Régimen MYPE Tributario (RMT)
Es un régimen pensado expresamente para las micro y pequeñas entidades con el objetivo de promover su crecimiento. El Régimen Tributario MYPE (RMT) requiere condiciones más simples respecto al cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Características:
Régimen General (RG)
Está dirigido a las medianas y grandes empresas (personas con negocio o personas jurídicas) que generan rentas de tercera categoría, también a las asociaciones de cualquier profesión, arte, ciencia u oficio y cualquier otra ganancia o ingreso obtenido por las personas jurídicas. En este régimen no hay límite de ingresos.
Características:
Fuente: Consulting