Artículo 1.- Objeto
La presente resolución de superintendencia tiene por objeto aprobar la versión 4.2 del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601.
Artículo 2.- Finalidad
La presente resolución de superintendencia tiene por finalidad establecer que para la presentación de la Planilla Electrónica (PLAME), así como para la declaración y el pago de los conceptos previstos en el artículo 7 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2011/SUNAT, se debe utilizar la versión 4.2 del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601.
Artículo 3.- Ámbito de aplicación
La presente resolución se aplica a los sujetos que, conforme al artículo 7 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2011/SUNAT, se encuentran obligados a utilizar el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601.
Artículo 4.- Aprobación de una nueva versión del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601
4.1. Apruébase el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 – Versión 4.2, a ser utilizado por:
4.2. El PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual Nº 0601 – Versión 4.2, estará a disposición de los interesados a partir del 1 de febrero de 2023, siendo de uso obligatorio a partir de dicha fecha.
Fuente: El Peruano