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Comisión de Economía: Se aprueba exoneración del IGV hasta diciembre del 2025

Actualidad Tributaría

16.12.2022

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La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó la propuesta proveniente del Poder Ejecutivo que plantea prorrogar hasta el 31 de diciembre del 2025 la vigencia de la exoneración del IGV, contenida en la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo.

Fue a pedido del congresista Carlos Zeballos, a la que se sumó Jorge Morante, que se revisó el tema en el grupo de trabajo con el objetivo de que a partir de enero no suba el precio de los alimentos.

La congresista Angella Barbarán, quien preside la Comisión, cuestionó que el Ejecutivo no haya enviado con anterioridad esa propuesta teniendo en cuenta que la legislatura está próxima a culminar y debe ser promulgada antes del término del presente año, ya que el efecto que tiene en el precio de los alimentos a los consumidores, la actividad agrícola y de crianza de los animales, mejora en la productividad y comercialización de los principales productos.

La iniciativa que también tiene impacto en el sector transporte, comunicaciones, vivienda, cultura y relaciones exteriores fue aprobada por mayoría.

El Apéndice I del dictamen comprende una lista de productos primarios agropecuarios destinados al consumo doméstico directo (hortalizas, legumbres, menestras, frutas), insumos para el agro (abono, fertilizantes), materias primas y productos intermedios para la industria textil.

En tanto, el Apéndice II contiene, entre otros, una lista de servicios que tienen carácter social y cultural, servicios de fomento a la construcción y vivienda, del ahorro e inversión en el país y a apunta a la facilitación del comercio exterior.

En ese sentido, están considerados servicios como el transporte público de pasajeros; el transporte de carga desde el país al exterior y viceversa; y el expendio de comidas y bebidas en comedores de universidades públicas; o los servicios postales que brindan comunicación e interconexión de mensajería a lo largo del ámbito nacional.

Según estimaciones de la Sunat, el costo fiscal anual de la medida ascenderá a S/ 5,700 millones; sin embargo, tendrá un impacto positivo en la población y en la producción de alimentos e industrial pues evitará, entre otros, un aumento de los costos en la actividad agrícola y de crianza de animales e incentivará el desarrollo del sector industrial y artesanal, con mayor valor agregado y con costos competitivos.

Según el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) la exoneración del IGV e ISC a estos productos y servicios tendrán otros efectos como incentivar el desarrollo del sector industrial y artesanal, con mayor valor agregado y costos competitivos, contribuir al ahorro, fomentará las industrias culturales, así como proteger a los sectores de menores recursos que utilizan masivamente el servicio de transporte público

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De otro lado, la Comisión de Economía también aprobó en forma unánime el dictamen recaído en el Proyecto de Ley 3554/2022-PE, que proviene del Poder Ejecutivo, que propone la Ley que promueve la reactivación económica de las micro, pequeñas y medianas empresas a través del fondo MIPYME emprendedor, a través de instrumentos no financieros para difusión y transferencia tecnológica y mejora de la gestión y acceso a los mercados.

Sector inmobiliario

Por mayoría se aprobó el Proyecto de Ley 3671/2022-PE, que propone la Ley que modifica el Decreto Legislativo 1188, Decreto Legislativo que otorga incentivos fiscales para promover los fondos de inversión en bienes inmobiliarios.

La propuesta plantea prorrogar hasta el 31 de diciembre del 2026 el tratamiento del impuesto a la renta aplicable a la enajenación por aporte de bienes inmuebles al Fondo de Inversión en Renta de Bienes Inmuebles (FIRBI) y a la tasa de retención definitiva de las rentas de arrendamiento u otra forma onerosa de cesión en uso de bienes inmuebles atribuidas por el (FIRBI), así como del Impuesto de Alcabala en las transferencias de propiedad de bienes inmuebles efectuadas como aportes al (FIRBI).

 

Fuente: Gestión

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