Es el acto por el cual la Junta General de Accionistas, Junta General de Socios o por decisión de titular, constituyen como órgano competente para acordar la modificación del estatuto de la empresa.
Todo acto de modificación de estatuto debe constar en escritura pública e inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas del lugar del domicilio social.
Nuestros profesionales son expertos en la materia para ofrecer asesoramiento jurídico a medida para cada uno de nuestros clientes.
Detalles del servicio: