¿Sabes qué es la tercerización? El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) estableció, mediante el Decreto Supremo N° 001-2022-TR aprobado por el Congreso de la República, algunos cambios en el reglamento a la tercerización de servicios en el Perú.
Después de 180 días de plazo para que las empresas se pudieran adecuar a las nuevas precisiones, desde el 22 de agosto se establece la aplicación de sanciones en caso se incumplan las medidas.
El mencionado decreto indica que su propósito es evitar la utilización indiscriminada de la tercerización con el fin de fortalecer la protección de los derechos laborales.
La tercerización es una forma de organización empresarial por la que una empresa principal encarga o delega el desarrollo de una o más partes de su actividad principal a una o más empresas tercerizadoras que le proveen de obras o servicios vinculados o integrados a la misma.
El Decreto Supremo N° 001-2022-TR, detalla que la tercerización recae sobre las actividades especializadas u obras vinculadas a la actividad principal de una empresa, pero que no tienen por objeto el “núcleo del negocio”.
La locación de servicios se refiere cuando se contratan los servicios de una persona natural o jurídica por cierto tiempo o para un trabajo determinado. La tercerización laboral, en cambio, se da solo entre empresas, mientras que una locación de servicios puede darse entre empresas, así como entre empresas y personas naturales.
Las sanciones y los montos que recibirían las empresas si no cumplen con el Decreto Supremo N° 015-2022-TR, que publicó el 17 de agosto el Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo.
La Planilla Electrónica del MTPE indica que, a junio de 2021, hay 1,002 empresas de tercerización, que representan el 0.32% del total de empresas registradas en la planilla electrónica, que son 313,427 empresas.
Las empresas de tercerización declaran un total de 114,060 trabajadores, de los cuales el 62% de ellos se concentra actividades de intermediación financiera, actividades inmobiliarias, empresariales y de alquiler. El 11% labora en empresas de transporte, almacenamiento y comunicaciones; mientras que el 8% en empresas dedicadas a la explotación de minas y canteras; el 19% en empresas dedicadas a otras actividades.
Fuente: Gestión
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