Los conductores que no respeten los nuevos límites de velocidad en calles, jirones y avenidas de las zonas urbanas y en carreteras que pasan por centros poblados a escala nacional podrán recibir una multa equivalente al 50% de una UIT, es decir, 2,300 soles.
La imposición de multas está a cargo de la Policía Nacional del Perú, quien ya la aplica en todo el país desde el 18 de julio del presente año.
En el caso de Lima Metropolitana, la municipalidad provincial informó el fin de semana que las multas por exceso de velocidad en su jurisdicción empezarán a aplicarse desde el lunes 15 de agosto.
Según el Reglamento Nacional de Tránsito, modificado por el Decreto Supremo Nº 025-2021-MTC, aprobado en julio del 2021, no se debe exceder los 30 km/h (antes eran 40 km/h) en las calles y jirones. De igual manera, en las avenidas no se deben superar los 50 km/h (antes eran 60 km/h).
Asimismo, se modificaron los límites de velocidad en carreteras que cruzan centros poblados o viviendas ubicadas de forma continua o dispersa parcialmente, zonas escolares u hospitales. En zonas comerciales: 30 km/h, en zonas residenciales: 50 km/h y en zonas escolares / hospitales: 30 km/h.
Si se supera el límite máximo establecido, se impondrán sanciones de forma gradual.
Excederse hasta 10 Km/h por encima del límite conlleva una sanción de S/ 828 (18% de una UIT) y 50 puntos negativos en el récord del conductor. Excederse entre 10 km/h y 30 km/h por encima del límite acarreará una sanción de 1104 soles (24% de una UIT) y acumulará 60 puntos en contra en su historial.
El MTC mencionó que la acumulación de puntos en contra en el récord del conductor por cada infracción cometida puede derivar en la suspensión o cancelación definitiva de la licencia de conducir.
En tanto, superar el límite máximo en más de 30 km/h ocasionará una multa de 2300 soles (50% de una UIT) y se sumarán 70 puntos negativos en el historial del conductor. La unidad impositiva tributaria (UIT) de este año equivale a 4600 soles.
Fuente: El Peruano