VOLVER

Licencia de maternidad y descanso médico: ¿Se verán afectadas con la entrada en vigencia de la Ley del Teletrabajo?

Actualidad empresarial

11.01.2023

Myimage

El 1 de enero del 2023 entró en vigencia la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, la cual reemplazará a la normativa que regulaba el trabajo remoto, la cual también está vigente para acompañar a las empresas el proceso de adecuación.

Con la Ley 31572, Ley del Teletrabajo, se busca establecer las reglas de juego para dar sostenibilidad a esta nueva modalidad laboral, a fin de que pueda ser beneficiosa tanto para la empresa como a los trabajadores.

Sin embargo, en esta nueva etapa laboral, y con nueva normativa, aparecen muchas dudas e inquietudes y una de ellas está relacionada con la licencia de maternidad y descansos médicos.

Pero debemos mencionar que las licencias de maternidad y paternidad no tendrá ninguna modificación en la nueva etapa de teletrabajo y el trabajador tendrá derecho a la desconexión digital durante su periodo de descanso.

Cabe indicar que en la actualidad toda trabajadora gestante tiene derecho a gozar de una licencia con goce de haber de 45 días naturales de descanso prenatal y 45 días naturales de descanso postnatal.

En tanto, el trabajador que es padre tiene derecho a una licencia de diez días calendario consecutivos contados a partir del nacimiento de menor.

 

De trabajo presencial a teletrabajo

Ahora bien, existen casos en que el trabajador solicita pasar de trabajo presencial a teletrabajo tras el nacimiento de un bebe. Esa decisión dependerá del acuerdo que pacten el empleador con su trabajador.

Existen escenarios en que, por ejemplo, un trabajador después de su licencia de paternidad solicita acceder a teletrabajo por un determinado tiempo. Para esos casos debe haber un acuerdo entre empleador y trabajador, siempre y cuando, la naturaleza del puesto de trabajo lo permita.

 

Descanso médico

El caso de los descansos médicos es el mismo que las licencias por maternidad o paternidad.

Durante el descanso médico, los trabajadores que realizan el teletrabajo tienen derecho a la desconexión digital porque se entiende que están imposibilitados de trabajar por algún accidente o enfermedad.

Sin embargo, existen la posibilidad de alguna incapacidad que impide el trabajo presencial pero sí permiten el teletrabajo. Para esos casos, el médico debería determinar el descanso médico de acuerdo al perfil del puesto laboral.

 

Fuente: Gestión

Compartir por

Sigue informándote